Los siguientes requisitos de suministro de energía se enumeran en la norma nacional GB/T30435-2013 para hornos de secado eléctricos, que entró en vigor el 1 de agosto de 2014:
A) Tensión nominal: 220V CA, 380V u otros voltajes nominales; el rango de desviación permitido del valor nominal es-15% ~ + 10%.
B) Frecuencia nominal: se permite la variación de ± 2% del valor nominal para frecuencias distintas de 50Hz.
B) En la fuente de alimentación de la red, se permite una sobretensión transitoria normal. Según GB16895.12-2001, el nivel nominal de sobretensión transitoria es equivalente a la tensión de pulso (sobretensión)
Categoría II. Dependiendo de su tamaño, los hornos de secado eléctricos se acoplan con diferentes potencias de calentamiento. Generalmente, el voltaje de CA 220V se instala en la fábrica para situaciones de baja carga o baja potencia, y el voltaje trifásico de CA 380V se instala para alta potencia. Para discutir los requisitos de energía específicos o las condiciones de suministro de energía, póngase en contacto con el fabricante con anticipación. Debe discutirse antes de realizar una compra porque, por ejemplo, un taller pequeño puede no tener 380V o diferentes naciones pueden tener diferentes configuraciones de voltaje.




